A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Retamoso Rodriguez Gerardo Elias
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No tiene fuerza vinculante
- Diferencia
- Oportunidad para alegarla
- No se desconoció precedente jurisprudencial
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Reiteración de jurisprudencia sobre omisión arbitraria de análisis de aspectos de relevancia constitucional
- Presupuestos formales y materiales de procedencia
- Rechazar por cuanto no se cumplió con el requisito formal de la debida argumentación
- Alcance
- Carácter informativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad en contra de la Sentencia SU.368/22.
El peticionario argumentó el desconocimiento del precedente, la potencial incongruencia entre la parte motiva y resolutiva y la omisión de asuntos con relevancia constitucional.
Se advierte que los anteriores cuestionamientos se propusieron antes de la notificación personal del fallo, por lo cual se entendieron presentados en términos por conducta concluyente del accionante.
La Corte constató el incumplimiento del requisito de carga argumentativa y que el peticionario incorporó elementos que no fueron propuestos en la demanda inicial, los cuales tienen como finalidad reabrir el debate propuesto.
Por lo anterior, se RECHAZÓ la nulidad propuesta.
Además de lo anterior, la Sala resaltó que el comunicado no es una providencia con fuerza vinculante, ni tiene la facultad de afectar lo decidido en el fallo de unificación de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad presentada por Gerardo Elías Retamoso Rodríguez en contra de la sentencia SU-368 de 2022, proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional, por cuanto, no se cumplió con el requisito de carga argumentativa.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
- Comuníquese y cúmplase.
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- Ausente con excusa
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.